jueves, 19 de noviembre de 2009

Se eliminaron los delitos de calumnias e injurias del Código Penal



El Senado sancionó ayer una ley que elimina del Código Penal los delitos de calumnias e injurias, respondiendo así a un viejo reclamo de las organizaciones periodísticas y a un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que le había reclamado a la Argentina que adecuara su legislación a los preceptos de la Convención Americana de Derechos Humanos.

La ley fue sancionada por unanimidad de los 52 senadores presentes y pasó sin debate en la Cámara alta.

La mayoría de los bloques prefirieron insertar sus exposiciones para agilizar la continuidad de la sesión celebrada ayer en el Senado.

El proyecto fue presentado por la presidenta Cristina Kirchner 12 de septiembre pasado, mientras en el Congreso se debatía el controvertido proyecto oficialista de radiodifusión y al día siguiente de que un batallón de inspectores de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) realizaran un operativo fiscal sorpresivo en las instalaciones del diario Clarín .

La norma sancionada ayer ajusta los delitos de calumnias e injurias a la figura de la real malicia, doctrina fijada por la Corte Suprema de los Estados Unidos en el caso Sullivan versus The New York Times , en la década del 60.

En ese sentido, elimina la pena de prisión por la comisión de esos delitos, reemplazándola por una multa pecuniaria que la ley fija entre los 3000 y los 30.000 pesos.

En ningún caso configurarán delito de calumnia las expresiones referidas a asuntos de interés público o a las que no sean asertivas, se establece en la norma.

En el caso de las injurias, se aclara además que no configurarán ese delito "los calificativos lesivos del honor cuando guardasen relación con un asunto de interés público".

Una de las razones esgrimidas por el Gobierno para enviar el proyecto al Congreso fue un fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos a la Argentina, advirtiéndole que estos delitos tal como estaban configurados atentaban contra la libertad de expresión.

Fue en el caso Kimel, cuya sentencia se conoció en mayo del año pasado. El caso involucró al periodista Eduardo Kimel, quien fue querellado y condenado por calumnias por un juez de la dictadura militar, que había sido cuestionado por el autor de un libro sobre la masacre de los padres palotinos, ocurrida durante el último régimen de facto.

Según explicó al presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, el oficialista Rubén Marín (La Pampa), con este cambio "sólo se requiere no actuar con real malicia, es decir no reconocer la falsedad de las expresiones" para cometer los delitos de calumnias e injurias.

Libertad de expresión

"La finalidad y el eje central de esta modificación al Código Penal radica en adecuar nuestra legislación a parámetros internacionales en materia de libertad de expresión", agregó el senador por la provincia de La Pampa.

La iniciativa fue aprobada casi sin debate y la única objeción que se escuchó fue de parte de la peronista disidente Sonia Escudero, quien cuestionó que la ley estableciera de manera taxativa el monto de las penas pecuniarias.

"Al expresar la multa en pesos, con la inflación quedará desactualizada en poco tiempo, con lo cual estaría desapareciendo cualquier tipo de sanción", afirmó Escudero, quien pidió que se reemplazara el texto por alguna unidad más permanente, como la de cierta cantidad de sueldos mínimos. Apurado por obtener la sanción del proyecto, el oficialismo rechazó esa pretensión.

Fuente: La Nación

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